Un verdadero golpe recibió ayer el Gobierno, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) rechazara su solicitud para anular la decisión del Primer Tribunal Ambiental (1TA) de ordenar al Comité de Ministros cómo resolver en torno al proyecto minero-portuario Dominga.
El conflicto tuvo su génesis en medio de una larga trama legal y luego de que el 1TA ordenara a la instancia ministerial ajustar su resolución istrativa a una sentencia judicial anterior -favorable a Dominga- tras considerar que los secretarios de Estado habían rebasado el marco de cumplimiento, al integrar nuevos fundamentos para desestimar el proyecto.
El Gobierno consideró que el 1TA estaba excediendo sus atribuciones e invadiendo las competencias del Comité, por lo que recurrió al TC. Pero este, ayer, estimó que no existieron esas intromisiones, despejando casi por completo el camino legal de Dominga.
Tribunal Ambiental: Por sobre el Comité 6l6g4d
Una de las implicancias de lo resuelto por el TC es la autoridad que se le reconoce al Tribunal Ambiental por sobre el Comité que integran los secretarios de Estado.
Es lo que percibe María José Vidal, socia y abogada especialista en derecho minero de VA-Vidal. "Esta sentencia es un hito -dice-. El TC ha reafirmado que el cumplimiento de una sentencia judicial por parte de la istración no puede convertirse en una nueva oportunidad para ejercer discrecionalidad política o técnica".
Recalca, en consonancia con aquello, que las atribuciones de la instancia ministerial "no son absolutas". Sobre todo cuando existe un fallo judicial que ha delimitado claramente su actuación.
"El mensaje -subraya- es claro: cuando existe una sentencia ambiental firme, su cumplimiento debe ceñirse a los términos establecidos por el tribunal. No puede reinterpretarse ni extenderse, y menos utilizarse para introducir causales nuevas que ya fueron excluidas del debate judicial".
cuando existe una sentencia ambiental firme, su cumplimiento debe ceñirse a los términos establecidos por el tribunal. No puede reinterpretarse ni extenderse, y menos utilizarse para introducir causales nuevas que ya fueron excluidas del debate judicial" 1v1e1s
María José Vidal, socia y abogada especialista en derecho minero de VA-Vidal: "El mensaje es claro
Una mirada similar es la que tiene Jorge Canals, abogado y socio de Viable Abogados. Según señala, el TC establece que el Tribunal Ambiental "sí puede obligar al Comité de Ministros a resolver de acuerdo a lo que estableció en sus fallos".
Edesio Carrasco, docente de la facultad de derecho de la Universidad del Desarrollo observa lo mismo. "El Tribunal Constitucional reconoce que el Tribunal Ambiental tiene competencia para ordenarle al Comité de Ministros cómo debe resolver", dice.
Para Álvaro Delgado, profesor de Derecho Regulatorio de la Universidad Autónoma, en tanto, una de las implicancias de lo que resolvió el TC es que en las decisiones del Comité de Ministros deben primar criterios que se enmarquen "dentro de aspectos más técnicos y legales que políticos o de conveniencia".
El camino legal que queda 4o234c
Por lo pronto, los especialistas señalan que la resolución del TC implica que el Comité de Ministros -que en su última instancia estuvo compuesto por subrogantes, pues se había determinado "ilegalidad" en el pronunciamiento de los titulares- deberá volver a sesionar.
"El paso legal siguiente -dice Delgado, de la Universidad Autónoma- sería justamente el señalado, o sea, la reapertura del procedimiento de evaluación ambiental y (que) se dicte por el Comité de Ministros una nueva resolución istrativa".
Christian Rojas, profesor asociado de la Universidad Andrés Bello, en tanto, recuerda que aún quedan los recursos de casación presentados por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y organizaciones ambientales y ciudadanas, "en contra de la sentencia dictada el 09 de diciembre de 2024 por el 1TA que invalidó la resolución emitida por el Comité de Ministros en enero de 2023". Desde su punto de vista "aún queda mucho camino para la resolución definitiva de este asunto".
Christian Rojas, profesor asociado de la Universidad Andrés Bello, en tanto, recuerda que aún quedan los recursos de casación presentados por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y organizaciones ambientales y ciudadanas, "en contra de la sentencia dictada el 09 de diciembre de 2024 por el 1TA que invalidó la resolución emitida por el Comité de Ministros en enero de 2023". Desde su punto de vista "aún queda mucho camino para la resolución definitiva de este asunto" 6852b
Francisco Irarrázaval, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, también recuerda que lo "que está pendiente para el proyecto es lo que resuelva la Corte Suprema respecto al recurso de casación que fue presentado por el Gobierno".
Carrasco, de la Universidad del Desarrollo, dice que esta "tortuosa historia permisológica está llegando a su fin". "Quedando pendiente algunos recursos judiciales menores -complementa- el proyecto hoy está aprobado y en condiciones de iniciar la tramitación de sus permisos sectoriales".
El Gobierno, por su parte, no dejará de insistir en su oposición frente a una iniciativa que siempre ha considerado negativa. Esta mañana fue el mismo Ministerio de Medioambiente el que manifestó que analizará "los alcances del texto y las acciones a seguir, considerando que existen recursos pendientes en otras instancias judiciales".
"Continuaremos trabajando decididamente para proteger la biodiversidad y el patrimonio natural de todos los chilenos y chilenas, e impulsando un desarrollo económico que sea sostenible y respetuoso con el medioambiente", sostuvo también.